Por Rosario Varela Zúñiga
A más de 2 años de la reforma constitucional comúnmente llamada de “paridad en todo” emitida por el Congreso de la Unión en mayo de 2019 y en el preámbulo de la sucesión del poder ejecutivo en el Estado, el Congreso local aprobó el pasado 16 de diciembre de 2021 la iniciativa correspondiente, la cual tiene como característica principal que pospone el principio de paridad hasta la elección gubernamental de 2029.
La iniciativa -firmada por las ocho diputadas del PRI- no contó con el apoyo unánime de las diputadas y diputados de los partidos políticos representados en el congreso, ya que solo fue aprobada por los 16 representantes del PRI (ocho mujeres y ocho hombres) y la representante del PVEM.
El resto -cuatro representantes de Morena, tres mujeres y un hombre, la representante del Partido UDC y 3 del PAN, dos hombres y una mujer-, votaron en contra. Tuvo, además, un voto particular de un diputado del PAN para que la paridad aplicara en el proceso electoral de 2023.
Es decir, en el congreso el PRI no sacó holgadamente la reforma. En los ayuntamientos la sacó apretadamente, ya que 33 aprobaron la reforma constitucional, pero solo en 17 fue por unanimidad, en 15 por mayoría, y un ayuntamiento votó en contra.
En lo que corresponde a la elección de la gubernatura la reforma puede considerarse insuficiente, contradictoria y calculadora, pues difiere sus efectos hasta la elección de 2029 para dejar intacto el proceso sucesorio del PRI.
Así, de acuerdo con el artículo 77 de la Constitución Política del Estado de Coahuila y los artículos transitorios de la iniciativa, la paridad se aplicará hasta 2029, dependiendo de los resultados electorales de 2023, en los siguientes términos:
“Si la persona Titular de la Gubernatura es hombre, todos los partidos políticos nacionales y locales, deberán postular a una mujer en el siguiente Proceso Electoral (2029). Pero si la Gubernatura en turno recae en una mujer (¡!), dichos institutos estarán en la posibilidad de postular libremente a un hombre en el proceso electoral subsecuente o nuevamente a una mujer”.
¿Cómo se explica coherentemente que el mandato constitucional de paridad realizada de 2019 y cuyos buenos resultados están a la vista con el mayor número de gobernadoras electas en 2021, se vaya a aplicar en Coahuila 10 años después? ¿será que la seguridad de que en 2029 habrá una mujer como gobernadora fue lo que pudieron negociar las diputadas del PRI a cambio de salvar el proceso electoral de 2023 con un candidato ya cantado? Pudiera ser, aunque el escenario político del PRI tampoco está para hacer cálculos certeros.
No deja de extrañar que la iniciativa abunde en justificaciones “legales” sobre el por qué el principio de paridad no aplicará en el proceso electoral de 2023.
En el fondo existe una preocupación de que los partidos sean obligados -como en 2021- a nominar mujeres en la elección de las dos gubernaturas que se llevarán a cabo en este año, tanto en Coahuila como en el Estado de México.
Y todo apunta a que en la elección de las seis gubernaturas de 2022 se aplicará la misma fórmula, pues el INE ya ha fijó criterios para garantizar la paridad en esta elección, por lo que tres serán para mujeres y tres para hombres.
Con la reforma a la constitución en Coahuila y los sobrados argumentos sobre la primacía de las competencias y autonomía estatales para darse sus propias leyes, el PRI pretende cubrir con el manto de la legitimidad el dejar fuera a las mujeres en la elección del siguiente año y al mismo tiempo atajar la acción del INE ya que el acuerdo de este es provisional y suple la falta de legislación al respecto. De subsistir el vacío legal en el Estado de México será este quien postule a una mujer.
¿Pero será así de simple? El Estado de México aún puede legislar al respecto y si lo hace en los mismos términos -es decir, posponer su aplicación hasta el proceso electoral de 2029- ninguna mujer sería electa gobernadora lo cual lesiona el principio de paridad.
En un momento dado, el Tribunal tendría que sopesar entre la autonomía de los estados para darse sus propias leyes -aun cuando infrinjan el ejercicio de los derechos humanos de las mujeres- o privilegiar el mandato constitucional de paridad y el principio pro-persona.
Esperemos en todo caso que prevalezca este último, pues por sentido común, no estamos ya para retroceder o postergar los derechos humanos de las mujeres.